La iniciativa contempla excepciones para procedimientos reconstructivos o reparadores y plantea reformar tres ordenamientos estatales. Especialistas revisan cómo diferenciar una intervención exclusivamente cosmética de otra con justificación médica o psicológica.
Querétaro, Qro. 4 de Septiembre del 2026 — Una iniciativa discutida en el Congreso de Querétaro propone prohibir las cirugías estéticas o cosméticas en personas menores de 18 años y sancionar hasta con tres años de prisión a los médicos que practiquen estos procedimientos fuera de los supuestos permitidos.
La diputada Verónica Galicia Castañón, presidenta de la Comisión de Salud, encabezó un foro con profesionales de la medicina, especialistas en derecho, activistas y representantes de organizaciones civiles para revisar los alcances de la propuesta antes de que continúe su proceso legislativo.
El proyecto plantea modificar la Ley de Salud, el Código Penal y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro.
La legisladora sostuvo que la intención es proteger el desarrollo físico y emocional de las personas menores de edad, sin criminalizar a quienes ejercen de manera acreditada la cirugía plástica, estética o reconstructiva.
Prisión y multa para procedimientos fuera de la ley
La propuesta contempla adicionar el artículo 158 Quinquies a la Ley de Salud estatal para establecer la prohibición general de intervenciones estéticas en menores de edad.
También propone reformar el artículo 243, fracción III, del Código Penal. El médico que realice una cirugía fuera de las excepciones legales podría recibir una pena de tres meses a tres años de prisión y una multa de 50 a 200 días.
La iniciativa permitiría procedimientos reconstructivos o reparadores cuando exista una justificación médica y se cumplan valoraciones psicológicas y requisitos de consentimiento por escrito.
El artículo 46 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes también sería modificado para incorporar el interés superior de la niñez en las decisiones relacionadas con estas intervenciones.
Las sanciones anunciadas se dirigen a médicos, pero el foro también abordó la actuación de personas sin preparación o acreditación profesional. Será necesario precisar cómo se articulará la reforma con los delitos de usurpación de profesiones, lesiones y responsabilidad de clínicas o establecimientos.
La frontera entre estética y reconstrucción
Uno de los retos centrales será definir qué debe entenderse legalmente como cirugía estética, reconstructiva o reparadora.
Existen intervenciones vinculadas con accidentes, quemaduras, malformaciones congénitas o afectaciones funcionales. Otras pueden buscar modificar la apariencia, pero estar relacionadas con consecuencias psicológicas o sociales que requieren valoración especializada.
Una definición imprecisa podría dejar espacios para eludir la prohibición o, en sentido contrario, retrasar procedimientos necesarios para la salud de una persona menor de edad.
La información presentada no establece qué profesionales deberán emitir las valoraciones médicas y psicológicas, si se requerirá una segunda opinión o qué autoridad resolverá los casos en los que exista desacuerdo entre especialistas, pacientes y familiares.
También deberá determinarse si el consentimiento de madres, padres o tutores será suficiente, cómo se incorporará la opinión de la persona adolescente y qué obligaciones tendrán las clínicas para verificar la autenticidad de los documentos.
Clínicas también podrían asumir responsabilidades
Galicia Castañón planteó analizar la corresponsabilidad de hospitales, clínicas y establecimientos donde se realicen procedimientos irregulares.
Este punto todavía no aparece desarrollado en el contenido difundido de la iniciativa. No se precisó si las sanciones incluirían clausuras, suspensión de licencias, multas administrativas o responsabilidad penal para propietarios y administradores.
La supervisión será otro elemento relevante. Una prohibición puede resultar insuficiente si las autoridades sanitarias no cuentan con personal, registros e instrumentos para inspeccionar establecimientos y verificar las credenciales de quienes ofrecen los procedimientos.
“No se trata de criminalizar a quienes ejercen responsablemente la medicina. Se trata de cerrar el paso a las malas prácticas”, afirmó la legisladora.
Especialistas exponen riesgos y criterios médicos
Durante el foro participaron José de Jesús Orozco Grados, presidente del Colegio de Cirujanos Plásticos Estéticos y Reconstructivos del Estado de Querétaro, y Mario César Paredes Zenteno, vicepresidente de la Asociación Mexicana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva.
Ambos expusieron consideraciones sobre seguridad del paciente, valoración clínica y diferencias entre los procedimientos cosméticos y aquellos destinados a reparar lesiones o recuperar funciones.
Genaro Vega Malagón, presidente de la Comisión de Arbitraje del Estado de Querétaro, abordó la responsabilidad médica, el consentimiento informado y la necesidad de comunicar adecuadamente los riesgos a pacientes y familiares.
La activista Concepción Araceli Torres Espino compartió su experiencia como víctima de malas prácticas. Su testimonio fue incorporado al análisis sobre acompañamiento a pacientes, prevención y actuación de falsos especialistas.
El periodista Sergio Hernández Saucedo presentó un fragmento del documental “Charlatanes: el negocio de los falsos especialistas”, dedicado a los riesgos de recibir atención de personas que se ostentan como profesionales sin contar con las acreditaciones correspondientes.
La iniciativa todavía puede cambiar
Las aportaciones del foro serán revisadas antes de que la propuesta avance en el Congreso. Por ello, las penas, excepciones y mecanismos de responsabilidad todavía pueden ser modificados.
La prohibición tampoco se encuentra vigente. Para convertirse en ley deberá ser dictaminada en comisión, aprobada por el Pleno de la Legislatura, promulgada y publicada en el periódico oficial del estado.
La discusión dejará una pregunta que la redacción final deberá responder sin ambigüedades: quién decide cuándo una intervención solicitada por una persona menor de edad es solamente estética y cuándo forma parte de la atención integral de su salud.



