Recreación de como quedo la casa después de la explosión que le quito la vida a Claudia

Casi un año sin causa: la explosión de una casa nueva en Sendas que dejó una mujer muerta

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Una pareja pasó su primera noche en una vivienda recién adquirida en El Marqués. Horas después ocurrió una explosión que provocó quemaduras graves a ambos y posteriormente la muerte de la mujer. La familia sostiene que la Fiscalía de Querétaro todavía no determina el origen del siniestro. Un incidente similar registrado en 2023 abre nuevas preguntas, pero no basta para establecer responsabilidades.

EL MARQUÉS, Qro. 15 de septiembre del 2026— Casi un año después de la explosión ocurrida en una vivienda de Sendas Residencial, la pregunta más importante continúa sin una respuesta pública: ¿qué provocó el siniestro que dejó gravemente herido a un matrimonio y terminó con la vida de una mujer?

La madrugada del 25 de septiembre de 2025, una explosión destruyó parte de una casa del condominio Inca, en el desarrollo habitacional ubicado sobre la carretera estatal 210, en el municipio de El Marqués.

La familia relata que la vivienda había sido recibida el 5 de septiembre y que, después de llenar el tanque de gas, Claudia y Fernando pasaron ahí su primera noche. Cuando intentaron utilizar las instalaciones de la casa a la mañana siguiente ocurrió la explosión.

Ambos sufrieron quemaduras graves. Claudia fue trasladada para recibir atención especializada, pero murió el 27 de septiembre. Fernando sobrevivió.

Los primeros reportes periodísticos describieron el hecho como una explosión producida por una fuga o acumulación de gas. Sin embargo, esas publicaciones se apoyaron principalmente en testimonios recabados durante las primeras horas y no en un dictamen técnico difundido por alguna autoridad.

Esa diferencia es fundamental: una hipótesis inicial no equivale a una causa científicamente determinada.

Una carpeta abierta, pero sin explicación concluyente

La Fiscalía General del Estado habría iniciado una carpeta de investigación el 26 de septiembre de 2025. Algunos reportes de aquellos días mencionaron la realización de testimonios y diligencias periciales; no obstante, la familia afirma ahora que ninguna experticia ha establecido el punto de origen, el mecanismo y la causa de la explosión.

No existe necesariamente una contradicción entre ambas versiones. Una carpeta puede contener inspecciones, fotografías, entrevistas o valoraciones médicas sin contar todavía con el dictamen especializado capaz de reconstruir técnicamente el siniestro.

La familia asegura que funcionarios de la Fiscalía atribuyeron la demora a la falta de personal. Al cierre de esta revisión no se localizó una explicación pública de la institución sobre los estudios realizados, los resultados obtenidos o las razones por las que, casi un año después, no habría una conclusión.

Si la falta de especialistas impidió esclarecer una explosión mortal, el problema rebasa esta carpeta: plantea una pregunta sobre la capacidad pericial del estado para investigar incendios, deflagraciones y posibles fallas en instalaciones domésticas.

El Código Nacional de Procedimientos Penales permite a las víctimas solicitar los actos de investigación que consideren pertinentes. El Ministerio Público debe resolver esa petición en un plazo máximo de tres días. La Ley General de Víctimas también reconoce los derechos a una investigación pronta y eficaz, a conocer la verdad y a recibir información sobre sus resultados.

Cuatro estudios que podrían separar las hipótesis

Según el documento difundido por la familia, Protección Civil de El Marqués dejó asentada la necesidad de practicar al menos cuatro evaluaciones:

  • Un dictamen estructural de la vivienda.
  • Una revisión de la instalación eléctrica.
  • Un dictamen de la instalación de gas.
  • Un estudio especializado para determinar el origen y la causa del incendio o explosión.

Esta división resulta relevante porque evita reducir anticipadamente el caso a una sola explicación. El siniestro pudo involucrar la instalación de gas, un componente eléctrico, algún aparato, la operación de abastecimiento u otra condición todavía no identificada. Determinar cuál hipótesis se sostiene requiere conservar la escena, documentar los daños y descartar técnicamente las alternativas.

La familia solicita que el estudio de origen y causa siga la metodología de la NFPA 921, una guía especializada que contempla documentación, preservación de evidencia, análisis de sistemas eléctricos y de gas, identificación del punto de origen y estudio de explosiones. La NFPA 921 es una referencia técnica internacional, pero su sola invocación no la convierte automáticamente en una obligación jurídica para la Fiscalía mexicana. Su pertinencia debe establecerla un especialista.

La regulación mexicana también contempla requisitos para el diseño, construcción y verificación de instalaciones de aprovechamiento de gas LP. Sin el proyecto de la vivienda, las pruebas de hermeticidad, la identificación del instalador y los documentos del abastecimiento no es posible saber si la instalación cumplía las condiciones aplicables.

La casa también es evidencia

El inmueble permanece, de acuerdo con la familia, dañado e inhabitable. El paso del tiempo puede alterar materiales, provocar corrosión, permitir movimientos de objetos o modificar las huellas que necesita estudiar un perito.

Tras la explosión, familiares y vecinos afirmaron que personas vinculadas con la desarrolladora buscaron ingresar para realizar reparaciones. Grupo Sadasi manifestó entonces a un medio que no podía proporcionar información detallada debido a la investigación. No existe información pública suficiente para establecer qué ocurrió durante ese intento de acceso ni si hubo alguna alteración de la escena.

La empresa mantiene a Sendas Residencial dentro de su oferta habitacional y publicita sus viviendas por su distribución y acabados. Esto acredita la relación comercial del desarrollo con la marca, pero no identifica por sí solo a la razón social que celebró el contrato con la familia ni demuestra responsabilidad sobre la explosión. Ese dato debe obtenerse del contrato de compraventa y del acta de entrega.

Una garantía que depende de conocer la causa

La Ley Federal de Protección al Consumidor establece garantías mínimas de cinco años para cuestiones estructurales, tres para impermeabilización y un año para los demás componentes de una vivienda nueva. También considera graves las fallas que afecten la estructura o las instalaciones y comprometan la seguridad o el uso del inmueble.

Sin embargo, para determinar si estas disposiciones pueden aplicarse es indispensable establecer si existió un defecto atribuible al proveedor. Sin un peritaje, la familia no solamente carece de una explicación penal: también enfrenta obstáculos para definir eventuales reclamaciones civiles, de consumo o de reparación del daño.

Un antecedente que obliga a preguntar, no a sentencia

El 27 de octubre de 2023, casi dos años antes del caso de Claudia y Fernando, fue reportada otra deflagración en una vivienda del fraccionamiento Sendas. Protección Civil atendió aquel incidente, atribuido entonces a una fuga y acumulación de gas LP. Cuatro personas resultaron lesionadas, dos de ellas de gravedad.

La existencia de dos explosiones en el mismo desarrollo no demuestra que compartan origen ni que exista una falla generalizada. Para hablar de un patrón sería necesario comparar ubicaciones, modelos de vivienda, instalaciones, empresas proveedoras, dictámenes y componentes involucrados.

Pero el antecedente sí vuelve indispensable saber si después del caso de 2023 las autoridades inspeccionaron otras viviendas, emitieron recomendaciones, verificaron las instalaciones de gas o comunicaron medidas preventivas a los habitantes.

Las respuestas que todavía faltan

La Fiscalía de Querétaro debe precisar qué peritajes integran la carpeta, cuándo fueron realizados, qué resultados produjeron y si solicitó apoyo externo ante una eventual falta de especialistas.

Protección Civil de El Marqués debe informar qué documentó en la vivienda, cuáles fueron sus recomendaciones y si conserva registros de la explosión de 2023 y de las medidas adoptadas posteriormente.

El municipio debe transparentar las licencias, constancias de terminación de obra, autorizaciones y verificaciones relacionadas con el inmueble y su conjunto habitacional.

Grupo Sadasi debe identificar a la razón social vendedora, explicar qué revisiones se efectuaron antes de entregar la casa, quién ejecutó las instalaciones y qué atención o garantía ofreció después del siniestro.

También falta identificar a la empresa que abasteció el gas, revisar su comprobante de servicio y determinar si antes o después del llenado se realizó alguna prueba de seguridad.

La familia ha sido cuidadosa en su exigencia: no pide fabricar culpables, sino producir evidencia. Hasta que exista un dictamen, ninguna persona, empresa o institución puede ser considerada responsable de la explosión.

Pero la ausencia prolongada de una causa tampoco es neutral. Impide determinar responsabilidades, retrasa cualquier reparación y deja a otras familias sin saber si lo ocurrido fue un accidente aislado o una señal de riesgo que debió investigarse con mayor amplitud.

En este caso, la justicia comienza mucho antes de una sentencia. Comienza por explicar, con pruebas, por qué explotó aquella casa.

RL
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