Avanzan reformas alternativas

La identidad trans vuelve al Pleno: Querétaro corrige el veto, pero abre otra batalla jurídica

Por: Redacción de LYPmultimedios
Santiago de Querétaro, Querétaro, 13 de julio de 2026.— Mostrar una identificación no debería convertirse en una explicación forzada sobre la vida privada de una persona. Sin embargo, cuando el nombre y el género de los documentos no corresponden con la identidad de quien los presenta, una contratación, una inscripción escolar, una operación bancaria o una consulta médica pueden transformarse en momentos de exposición, discriminación y violencia.

El Congreso de Querétaro volvió a colocar este problema en la ruta legislativa.

La Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030 aprobó este lunes el dictamen con proyecto alternativo a la reforma del Código Civil estatal en materia de identidad de género, después de incorporar las observaciones enviadas por el gobernador Mauricio Kuri González.

La propuesta mantiene el objetivo central de la reforma original: que las personas adultas puedan solicitar ante el Registro Civil la rectificación de su nombre y de los datos relacionados con su identidad de género mediante un procedimiento administrativo, sin verse obligadas a iniciar un juicio.

Sin embargo, el avance en comisión no significa que el derecho ya pueda ejercerse. La reforma todavía deberá sobrevivir a la votación del Pleno, a un nuevo envío al Poder Ejecutivo y a la publicación oficial.

¿Qué corrigió el nuevo dictamen?

El presidente de la comisión, Eric Silva Hernández, afirmó que el proyecto alternativo subsana la totalidad de las objeciones formuladas por el Ejecutivo y busca otorgar mayor seguridad jurídica.

Entre las modificaciones se establece expresamente que:

  • El procedimiento será únicamente para personas mayores de edad.
  • Las personas menores de 18 años no podrán solicitar la rectificación, ni directamente ni mediante representantes legales.
  • El trámite será personalísimo y solo podrá promoverlo la persona interesada.
  • La modificación se aplicará únicamente a las actas de las que la persona solicitante sea titular.
  • El cambio de identidad no eliminará deudas, pensiones, procesos judiciales, investigaciones, responsabilidades penales, sentencias ni obligaciones previamente adquiridas.

Estas precisiones responden a varios de los temores instalados durante la discusión pública: que alguien pudiera utilizar el cambio de identidad para escapar de una obligación legal, alterar documentos de terceros o promover el trámite sin consentimiento de la persona involucrada.

El nuevo texto deja claro que reconocer jurídicamente una identidad no borra la historia legal de nadie.

Cambiar el nombre o el dato de género en un acta no extingue una pensión alimenticia, una investigación penal, un contrato, una sentencia ni una relación de parentesco. La identidad cambia en los documentos; las responsabilidades permanecen.

El veto se apoyó en una posibilidad que el texto original ya excluía

La reforma había sido aprobada por el Pleno el pasado 30 de abril, con 14 votos a favor y 11 en contra, después de una discusión que permaneció estancada durante aproximadamente una década.

El 25 de mayo, Mauricio Kuri anunció que devolvería la reforma con observaciones. En su mensaje aseguró que la ley permitiría que niñas, niños y adolescentes cambiaran el sexo asentado en su acta de nacimiento y afirmó que la propuesta afectaba los valores y la integridad de las familias queretanas.

El problema es que el dictamen aprobado por el Congreso ya establecía entre sus requisitos ser mayor de edad. El artículo 131 Ter contenido en la Gaceta Legislativa señalaba expresamente esa condición para acceder al procedimiento administrativo.

Es decir, el Ejecutivo construyó buena parte de su argumento público alrededor de una puerta que la reforma original no abría.

El proyecto alternativo introduce ahora una prohibición todavía más explícita para eliminar cualquier margen de interpretación. En términos políticos, la comisión decidió retirar el principal argumento utilizado por el gobernador para frenar la publicación.

La pregunta será qué hará el Ejecutivo si el Pleno aprueba un texto que incorpora todas sus observaciones.

Reconocer la identidad no es cambiar el cuerpo de una persona

La reforma no regula cirugías, tratamientos hormonales ni procedimientos médicos. Tampoco obliga a alguien a modificar su identidad.

Lo que propone es un trámite civil para que los documentos oficiales correspondan con el nombre y la identidad de género de una persona adulta.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el reconocimiento de la identidad de género está vinculado con el libre desarrollo de la personalidad, la privacidad, el nombre y el reconocimiento de la personalidad jurídica. También ha determinado que los procedimientos deben basarse en el consentimiento libre e informado, ser confidenciales, expeditos y no exigir certificados médicos, psicológicos, intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales.

El principio jurídico es sencillo: la identidad de género no debe tratarse como una enfermedad que la persona tenga que demostrar mediante diagnósticos.

La falta de correspondencia documental, según la propia Corte, obliga a las personas trans a exhibir identificaciones que revelan información íntima y puede generar situaciones tortuosas en su vida cotidiana.

Por eso, el debate no se reduce a una palabra escrita en un acta. Afecta la posibilidad de acceder a empleo, vivienda, educación, salud, servicios financieros y trámites públicos sin ser cuestionado o expuesto frente a terceros.

La corrección puede abrir otra controversia constitucional

Al atender las observaciones de Mauricio Kuri, el Congreso pudo haber generado una nueva tensión jurídica.

El proyecto alternativo excluye expresamente a todas las personas menores de 18 años del procedimiento administrativo. Sin embargo, la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió en el amparo en revisión 155/2021 que impedir de manera absoluta el acceso de niñas, niños y adolescentes a esta vía constituye una distinción injustificada basada en la edad.

La Corte reconoció que las personas menores de edad también tienen derecho a que sus documentos correspondan con su identidad de género y señaló que el procedimiento debe considerar su autonomía progresiva, edad, grado de madurez, consentimiento y medidas especiales de protección.

Esto no significa que el nuevo dictamen queretano vaya a ser invalidado automáticamente. La sentencia respondió a un caso y una legislación específicos, y cualquier impugnación tendría que seguir su propio proceso.

Sí significa que la prohibición absoluta incorporada para satisfacer al Ejecutivo podría ser cuestionada posteriormente mediante un juicio de amparo o una acción constitucional.

La lectura jurídica es paradójica: el Congreso intenta blindar la reforma frente al veto político, pero podría dejarla más expuesta frente a los criterios de derechos humanos de la Suprema Corte.

¿Por qué presentar un “proyecto alternativo”?

La figura elegida también tiene consecuencias políticas.

La Constitución de Querétaro establece que, cuando el gobernador devuelve una reforma con observaciones, el Congreso necesita el voto de dos terceras partes de sus integrantes para insistir en el mismo proyecto.

Pero si la Legislatura presenta un texto alternativo, este recibe el tratamiento de un proyecto enviado por primera vez.

Los integrantes de la comisión han sostenido que esta ruta permitiría aprobarlo con mayoría simple, es decir, con al menos 13 votos en una Legislatura de 25 integrantes. No obstante, la presidencia del Poder Legislativo deberá determinar formalmente el tratamiento que recibirá durante la sesión plenaria.

La estrategia evita tener que reunir una mayoría calificada que probablemente resultaría más difícil de alcanzar.

Pero también tiene una consecuencia: al recibir el tratamiento de un proyecto nuevo, el Ejecutivo podría formular observaciones nuevamente dentro del plazo constitucional.

Aceptar las 15 objeciones no impide jurídicamente otro veto. Sí elevaría su costo político, porque obligaría al Gobierno estatal a explicar qué objeción permanece después de que el Congreso modificó el texto conforme a sus exigencias.

Un derecho convertido en campo de batalla ideológica

La discusión ha ido mucho más allá de la técnica registral.

El Ejecutivo panista presentó la reforma como una amenaza para las familias y las infancias. Sus promotores la han defendido como una obligación constitucional y una medida mínima de dignidad para las personas trans.

La disputa revela una estrategia que probablemente continuará rumbo a 2027: convertir los derechos relacionados con género y diversidad en un terreno de movilización electoral.

La identidad trans puede ser utilizada por sectores conservadores para activar miedo, presentar cualquier reconocimiento jurídico como una amenaza y reforzar la idea de que existe una imposición ideológica sobre las familias.

Del otro lado, las fuerzas progresistas enfrentan el reto de explicar la reforma con precisión, sin reducir a las personas trans a una bandera partidista ni utilizar sus vidas únicamente como símbolo de modernidad política.

Los derechos humanos no deberían depender de quién obtenga ventaja narrativa.

Una persona no deja de tener derecho a la identidad porque el tema sea incómodo, porque provoque rechazo en un sector del electorado o porque una elección se encuentre cerca.

El Pleno tendrá que decidir algo más que un trámite

La siguiente votación mostrará si el Congreso está dispuesto a reconocer administrativamente un derecho que, en la práctica, muchas personas ya consiguen mediante amparos judiciales.

Negar un procedimiento sencillo no elimina la existencia de las personas trans. Solo las obliga a contratar representación jurídica, enfrentar procesos más largos y gastar recursos para conseguir una resolución que los tribunales suelen conceder con base en criterios constitucionales.

Ese sistema produce una desigualdad evidente: puede obtener el reconocimiento quien tiene tiempo, dinero e información para acudir a un juicio; quien no cuenta con esos recursos permanece atrapado en documentos que no representan su identidad.

La reforma pretende sustituir ese laberinto por una vía administrativa.

La discusión legítima debe concentrarse en cómo garantizar confidencialidad, seguridad jurídica, trazabilidad de obligaciones y protección de datos. No en cuestionar si las personas trans existen o si merecen documentos que reconozcan quiénes son.

Aprobar el dictamen no basta

Incluso si el proyecto supera el Pleno y es publicado, su éxito dependerá de la implementación.

El Registro Civil deberá contar con protocolos claros, personal capacitado, sistemas seguros de protección de datos y coordinación con instituciones estatales y federales.

También será necesario evitar que el procedimiento se vuelva inaccesible mediante costos, requisitos no previstos, demoras o decisiones discrecionales de las oficinas.

Un derecho escrito en el Código Civil puede seguir siendo negado en la ventanilla si la persona que atiende desconoce la reforma, impone prejuicios o exige documentos adicionales.

La comisión legislativa destrabó una etapa, pero la historia todavía no termina.

Querétaro deberá decidir si el reconocimiento de la identidad continuará dependiendo de amparos, recursos económicos y años de espera, o si finalmente se convertirá en un procedimiento accesible para cualquier persona adulta.

Porque la identidad no comienza cuando el Estado la autoriza. Lo que comienza con una ley es la obligación del Estado de dejar de negarla.

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