Por: Redacción de LYPmultimedios
Santiago de Querétaro, Qro., 9 de julio de 2026.— La Comisión de Planeación y Presupuesto del Congreso de Querétaro aprobó reformas para precisar la aplicación del Impuesto por la Emisión de Gases a la Atmósfera, un gravamen ambiental que existe en la entidad desde 2021 y que, de acuerdo con los legisladores, no busca crear una nueva carga fiscal, sino aclarar sus alcances y fortalecer su certeza jurídica.
El dictamen fue aprobado por los diputados Luis Gerardo Ángeles Herrera, Adriana Elisa Meza Argaluza y Ulises Gómez de la Rosa, integrantes de la comisión legislativa.
Las reformas impactan la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, en materia del impuesto por emisión de gases, y la ley que fija las bases, montos y plazos para distribuir participaciones federales a los municipios durante el próximo ejercicio fiscal.
La clave política del dictamen es simple: no se está creando un nuevo impuesto; se están afinando las reglas de uno que ya existe para evitar confusión, litigios y discrecionalidad.
No es un nuevo impuesto, aclara la comisión
El presidente de la Comisión de Planeación y Presupuesto, Gerardo Ángeles Herrera, subrayó que el impuesto por emisión de gases contaminantes a la atmósfera ya existe desde 2021.
La reforma, explicó, busca precisar su aplicación, aclarar su cobro y establecer con mayor transparencia cómo se distribuyen recursos dentro del Fondo de Fomento Municipal.
“No se está creando un nuevo impuesto”, puntualizó el legislador.
Ángeles Herrera señaló que se trata de una reforma para brindar mayor certeza sobre el cobro del impuesto y fortalecer su constitucionalidad, armonizando su aplicación con criterios recientes del Poder Judicial.
“Hubo algunos criterios realizados por el Poder Judicial y lo que se está haciendo es acondicionar dos asuntos: uno que tiene que ver con la Auditoría Superior de la Federación y el otro, con impuestos ambientales para no incurrir en faltas”, explicó.
En términos ciudadanos: el Congreso busca que la regla sea más clara para quien paga, para quien cobra y para los municipios que reciben recursos.
Un impuesto con sentido compensatorio
De acuerdo con la comisión legislativa, el impuesto por emisión de gases contaminantes tiene un carácter principalmente compensatorio, más que recaudatorio.
Esto significa que su propósito no sería simplemente aumentar ingresos públicos, sino responder al deterioro ambiental generado por actividades contaminantes.
La lógica es directa: si una actividad provoca daño ambiental, debe existir una responsabilidad económica asociada a ese impacto.
Ese principio es relevante porque los impuestos ambientales no deben entenderse solo como caja fiscal. Su legitimidad depende de que estén vinculados a una finalidad pública: compensar, corregir, desincentivar o reparar efectos negativos sobre el medio ambiente.
En un estado con crecimiento industrial, urbano y logístico como Querétaro, la discusión sobre emisiones no puede separarse del modelo de desarrollo.
La pregunta de fondo no es si Querétaro debe crecer.
La pregunta es cómo crecer sin trasladar los costos ambientales a la ciudadanía, a los municipios y a las futuras generaciones.
Emisiones directas, no indirectas
Uno de los puntos más importantes del dictamen es la precisión sobre el tipo de emisiones que podrán ser gravadas.
Gerardo Ángeles explicó que la reforma aclara que el impuesto ecológico estatal aplica únicamente a emisiones directas de gases de efecto invernadero, ya que las emisiones indirectas corresponden al ámbito federal.
Esta diferencia es central para evitar invasión de competencias y posibles conflictos jurídicos.
Las emisiones directas son aquellas generadas por una fuente identificable de manera inmediata dentro de una actividad o instalación. Las indirectas, en cambio, pueden derivarse de cadenas de consumo energético, procesos externos o actividades cuya regulación puede corresponder a otra autoridad.
La precisión busca evitar que el impuesto se convierta en un terreno gris entre competencias estatales y federales.
En materia fiscal y ambiental, la claridad no es un lujo técnico. Es una condición para que la norma pueda aplicarse sin abrir una cadena de litigios.
Municipios y distribución de recursos
La reforma también atiende una observación formulada por la Auditoría Superior de la Federación, relacionada con la distribución de participaciones federales a los municipios.
Ángeles Herrera explicó que los recursos ya se venían distribuyendo bajo un esquema de porcentajes de 80-20, pero que se solicitó aclarar cómo se divide el total.
“Se está atendiendo una observación formulada por la Auditoría Superior de la Federación para ser más clara y transparente la distribución de participaciones federales a los municipios”, precisó.
El punto es relevante porque la transparencia en la distribución de recursos municipales puede evitar confusiones presupuestales, reclamos políticos y dudas sobre el cálculo de participaciones.
Cuando el dinero llega a municipios, la fórmula importa. Y si la fórmula no se entiende, la sospecha aparece antes que la confianza.
Por eso, la comisión busca dejar más claro cómo se distribuye el Fondo de Fomento Municipal y bajo qué criterios se asignan recursos.
Certeza para contribuyentes, autoridad y municipios
El dictamen fue presentado como un ejercicio de actualización legal frente a criterios federales y judiciales.
Gerardo Ángeles sostuvo que la comisión tiene la responsabilidad de revisar de manera permanente los ajustes que ocurren a nivel federal para hacer lo propio en el estado.
El objetivo, dijo, es fortalecer la certeza jurídica para contribuyentes, autoridades y municipios.
Una política ambiental mal redactada puede terminar debilitando la protección ambiental que dice defender.
Si el impuesto no está bien delimitado, puede ser impugnado.
Si el cobro no es claro, genera conflicto con contribuyentes.
Si la distribución no es transparente, abre dudas entre municipios.
Si invade competencias federales, puede perder fuerza jurídica.
Por eso, la reforma apuesta por ordenar el diseño del impuesto antes de que la ambigüedad lo convierta en problema.
Medio ambiente y finanzas públicas: una tensión necesaria
La discusión del impuesto por emisión de gases se ubica en una zona donde se cruzan dos agendas: medio ambiente y finanzas públicas.
Por un lado, el estado necesita herramientas para responder al deterioro ambiental provocado por actividades contaminantes.
Por otro, los contribuyentes requieren reglas claras, proporcionales y jurídicamente sólidas.
El reto es construir impuestos verdes que no sean solo recaudación disfrazada, sino instrumentos reales de responsabilidad ambiental.
Esa distinción es fundamental.
Si un impuesto ambiental se percibe solo como una carga fiscal más, pierde legitimidad. Pero si se explica, se aplica con claridad y se conecta con objetivos ambientales verificables, puede convertirse en una herramienta útil para ordenar el desarrollo.
Querétaro y el costo ambiental del crecimiento
Querétaro ha construido buena parte de su narrativa pública alrededor del crecimiento económico, la atracción de inversión y el desarrollo industrial.
Ese crecimiento ha traído empleos, infraestructura, parques industriales y dinamismo económico. Pero también ha generado presión sobre agua, movilidad, suelo, aire, energía y servicios públicos.
El desarrollo no puede medirse únicamente por la llegada de empresas; también debe medirse por la capacidad del estado para administrar sus impactos.
El impuesto por emisión de gases forma parte de esa conversación.
No se trata de frenar la actividad económica, sino de reconocer que toda actividad productiva tiene costos ambientales y que esos costos no deben recaer únicamente en la población.
Cuando una empresa contamina, el impacto no termina en su balance financiero. Puede reflejarse en calidad del aire, salud pública, deterioro ambiental y mayores necesidades de mitigación.
La importancia del destino de los recursos
Aunque el boletín se concentra en la precisión del cobro y la distribución municipal, la discusión pública sobre impuestos ambientales suele tener una pregunta inevitable: ¿para qué se usa el dinero?
La legitimidad de un impuesto verde aumenta cuando la ciudadanía puede ver que los recursos se orientan a mitigación, restauración, monitoreo, infraestructura ambiental, adaptación climática o fortalecimiento municipal.
El impuesto ambiental será más defendible si la gente puede ver que lo recaudado regresa en aire más limpio, mejores controles, obras ambientales o capacidad de respuesta municipal.
De lo contrario, corre el riesgo de ser visto como una contribución más dentro de la maquinaria fiscal.
En ese sentido, la reforma abre una oportunidad: explicar mejor no solo quién paga y cómo se distribuye, sino qué impacto ambiental y municipal se espera obtener.
Un dictamen contra la confusión
La reforma aprobada en comisión tiene un objetivo político y jurídico: reducir la confusión alrededor del impuesto.
En materia fiscal, la confusión cuesta. Puede provocar incumplimiento, amparos, errores administrativos, disputas entre autoridades o incertidumbre para contribuyentes.
En materia ambiental, la confusión también cuesta: puede retrasar medidas necesarias para compensar daños o corregir impactos.
Cuando se trata de contaminación, una regla ambigua beneficia más al conflicto que al medio ambiente.
Por eso, precisar el impuesto no es un trámite menor. Es una forma de intentar que la política ambiental tenga dientes jurídicos y no solo intención declarativa.
Lo que sigue
Tras su aprobación en la Comisión de Planeación y Presupuesto, el dictamen deberá continuar el proceso legislativo correspondiente.
De avanzar, las modificaciones permitirían precisar la aplicación del impuesto por emisiones directas de gases de efecto invernadero y aclarar la distribución de recursos vinculados al Fondo de Fomento Municipal.
El Congreso tendrá que comunicar con claridad los alcances de la reforma para evitar lecturas equivocadas.
La ciudadanía necesita saber que no se trata de un impuesto nuevo. Los contribuyentes necesitan saber qué sí se grava y qué no. Los municipios necesitan saber cómo se distribuyen los recursos. Y el medio ambiente necesita reglas que realmente puedan aplicarse.
Ese es el punto de fondo.
Querétaro no solo está ajustando una norma fiscal.
Está decidiendo cómo traducir el principio de responsabilidad ambiental en reglas claras, cobrables y defendibles.
Porque si el daño ambiental genera responsabilidad, entonces la ley debe decir con precisión quién responde, por qué responde y cómo se compensa.