Por: Redacción de LYPmultimedios
Santiago de Querétaro, Qro., 4 de agosto de 2026.
El diputado Enrique Correa presentó una iniciativa para facultar expresamente a autoridades municipales, de movilidad y seguridad pública para intervenir en estacionamientos privados de acceso público, sancionar la ocupación indebida de cajones preferentes y colaborar en la detección de vehículos con reporte de robo.
La propuesta, denominada “Ley Antigandallas en Estacionamientos de Querétaro”, busca que la propiedad privada de estos espacios no impida la aplicación de disposiciones relacionadas con accesibilidad, vigilancia y seguridad pública.
De acuerdo con el legislador, la intervención estaría dirigida especialmente a quienes ocupen sin justificación lugares destinados a personas con discapacidad, personas adultas mayores y mujeres embarazadas.
“Esa impunidad tiene que terminar”, sostuvo Correa al explicar que actualmente existen casos en los que las autoridades no intervienen debido a que los estacionamientos pertenecen a particulares.
La iniciativa fue presentada en junio
Aunque el comunicado fue difundido este 4 de agosto, la propuesta ingresó formalmente al Poder Legislativo el 10 de junio de 2026.
La Gaceta Legislativa número 48, publicada el 15 de junio, registra que la iniciativa fue turnada a la Comisión de Movilidad Sustentable y Tránsito para su análisis.
El proyecto plantea adicionar dos fracciones al artículo 3, incorporar los artículos 7 Bis y 14 Bis y modificar la fracción VIII del artículo 8 de la Ley de Estacionamientos Públicos y Servicios de Recepción y Depósito de Vehículos para el Estado de Querétaro.
Conforme a la información pública consultada al 4 de agosto, se trata todavía de una iniciativa. Para convertirse en ley deberá ser dictaminada, aprobada por el pleno de la Legislatura, promulgada por el Poder Ejecutivo y publicada en el periódico oficial La Sombra de Arteaga.
¿Qué propone la reforma?
La iniciativa contempla que autoridades municipales, de movilidad y seguridad pública puedan realizar inspecciones y recorridos preventivos en estacionamientos públicos y privados abiertos al público.
Entre sus principales medidas se encuentran:
- Verificar el uso correcto de los cajones preferentes.
- Solicitar placa, tarjetón o distintivo que acredite el derecho a utilizar esos espacios.
- Aplicar sanciones administrativas por su ocupación indebida.
- Permitir la consulta o detección de vehículos con reporte de robo.
- Obligar a los administradores de estacionamientos a colaborar con las autoridades.
- Colocar señalización visible sobre el uso de los espacios reservados y las sanciones correspondientes.
El alcance más relevante sería establecer facultades expresas para intervenir en estacionamientos de propiedad privada que prestan un servicio o permiten el acceso al público, incluidos aquellos que no cobran por su utilización.
La legislación estatal ya contempla obligaciones generales
La iniciativa no parte de una ausencia absoluta de regulación. La ley estatal vigente ya permite que los ayuntamientos definan el número de cajones destinados a personas con discapacidad, personas adultas mayores y mujeres embarazadas.
Su artículo 3 también faculta a los municipios para supervisar el cumplimiento de la legislación y sancionar sus infracciones. El artículo 8 establece como obligación de las personas usuarias no estacionarse en lugares que no les correspondan.
No obstante, la ley estatal se concentra principalmente en los estacionamientos públicos de paga y deja a los municipios la definición de las autoridades responsables, los procedimientos y las sanciones aplicables.
La reforma de Correa buscaría ampliar ese marco hacia estacionamientos privados de acceso público y establecer criterios comunes para los 18 municipios de Querétaro.
Querétaro y Corregidora tienen disposiciones similares
Algunos municipios ya han incorporado reglas sobre el ingreso de autoridades a estacionamientos comerciales.
El Reglamento de Estacionamientos del Municipio de Querétaro establece que por lo menos 4 por ciento de los cajones deben destinarse a personas con discapacidad, personas adultas mayores con dificultades de movilidad y mujeres embarazadas.
También obliga al prestador del servicio a verificar el uso de esos lugares y solicitar su liberación cuando no se cumplan las condiciones correspondientes.
El artículo 30 permite el ingreso de policías municipales y autoridades ministeriales a estacionamientos de plazas comerciales en casos de accidentes, posibles delitos o cuando se justifique su presencia para aplicar los reglamentos de estacionamientos, tránsito o justicia administrativa.
La regulación de la capital también exige cámaras de videovigilancia, respaldo de grabaciones durante al menos 30 días y el reporte de vehículos que pudieran estar abandonados o contar con reporte de robo.
En Corregidora, el artículo 35 del reglamento municipal obliga desde 2019 a los responsables de plazas comerciales a permitir el ingreso de policías ante posibles delitos, accidentes o uso indebido de espacios para personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas adultas mayores.
Estos antecedentes muestran que la intervención policial ya está contemplada en algunos municipios. La aportación de la iniciativa tendría que analizarse, por tanto, desde su capacidad para homologar las reglas y cubrir los vacíos existentes en otras demarcaciones.
Pendientes para la discusión legislativa
El comunicado no detalla el monto de las multas ni establece qué autoridad será responsable de documentar la infracción y cuál deberá imponer la sanción. Estos elementos podrían estar desarrollados en el expediente completo de la iniciativa o quedar sujetos a posteriores reformas reglamentarias.
También deberá definirse cómo se acreditará el derecho a utilizar los cajones preferentes. En el caso de las personas con discapacidad existen placas y tarjetones, pero el boletín no explica qué documento podrá solicitarse a una persona adulta mayor con movilidad limitada o a una mujer embarazada.
El trámite vigente en el municipio de Querétaro contempla tarjetones para personas con discapacidad motriz temporal o permanente y señala que estos no se expiden únicamente por razones de edad.
Durante el análisis legislativo será necesario determinar si se reconocerán documentos emitidos por otros estados, cómo se atenderán las limitaciones temporales y qué procedimiento se aplicará cuando la necesidad de accesibilidad no sea evidente.
Seguridad y tratamiento de información
La iniciativa también pretende que los recorridos policiales ayuden a localizar vehículos con reporte de robo. Sin embargo, el comunicado no proporciona cifras sobre automóviles recuperados en estacionamientos comerciales ni sobre casos en los que los administradores hayan impedido el ingreso de las autoridades.
Tampoco precisa si la detección se realizará mediante observación directa, consultas individuales de matrículas o sistemas automatizados.
En caso de utilizar cámaras, lectores de placas o bases de datos, las autoridades deberán cumplir con la legislación sobre protección de datos personales, establecer la finalidad de los registros y definir los plazos y condiciones para conservar la información.
Estas precisiones no necesariamente invalidan la propuesta, pero deberán formar parte de su discusión para garantizar certeza tanto a las autoridades como a las personas usuarias y los responsables de los establecimientos.
Una posible homologación estatal
La iniciativa responde a dos objetivos diferenciados: garantizar el respeto a los espacios preferentes y fortalecer la vigilancia en lugares abiertos al público, aunque sean de propiedad privada.
Su posible aportación consistiría en establecer un marco estatal común y evitar que la actuación de la autoridad dependa exclusivamente de las disposiciones adoptadas por cada ayuntamiento.
El análisis en comisión deberá determinar qué facultades son nuevas, cuáles ya existen y qué adecuaciones deberán realizar los municipios. También será conveniente incorporar la opinión de organizaciones de personas con discapacidad, autoridades de movilidad, corporaciones policiales y administradores de establecimientos.
La efectividad de la reforma dependerá finalmente de que sus procedimientos, sanciones y mecanismos de acreditación sean claros, accesibles y aplicables en los 18 municipios.


