040826 CSP CONFERENCIA MATUTINA 2

Sheinbaum firma decreto para ampliar la publicación de contratos, auditorías y datos de Pemex y CFE

Por: Redacción de LYPmultimedios

Ciudad de México, 4 de agosto de 2026.

La presidenta Claudia Sheinbaum firmó un decreto para ampliar la información que las dependencias y entidades del Gobierno de México deberán publicar en la Plataforma Nacional de Transparencia, con énfasis en contrataciones públicas, auditorías y operaciones de las filiales de Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad.

El anuncio establece que los contratos celebrados por el Gobierno federal deberán publicarse mensualmente y que, en un plazo máximo de 30 días hábiles, la plataforma incorporará información adicional y herramientas para facilitar la consulta y descarga de documentos.

“Cada mes se va a estar informando de los contratos públicos”, afirmó Sheinbaum durante su conferencia matutina, donde sostuvo que el objetivo es impedir que la apertura de información dependa de decisiones aisladas de las personas servidoras públicas.

La secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno, Raquel Buenrostro, explicó que el decreto está concentrado en cuatro áreas: contrataciones públicas; filiales de Pemex y CFE; fiscalización y auditorías; y la invitación a estados, municipios y otros poderes para adoptar medidas similares.

El texto deberá publicarse en el Diario Oficial

La firma presidencial constituye el anuncio formal de la medida, pero su alcance jurídico completo dependerá del contenido que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Al cierre de esta edición, el comunicado presidencial no proporcionó un enlace al decreto íntegro ni detalló sus artículos transitorios. Por ello, todavía deberá precisarse si el plazo de 30 días hábiles comenzará a contar desde la firma o desde su publicación y entrada en vigor.

El documento completo también permitirá conocer qué dependencias estarán obligadas, cuáles serán los formatos, qué información deberá contener cada registro y qué consecuencias existirán cuando una institución no publique los datos en el plazo establecido.

Los contratos ya son información pública

La publicación de contratos y auditorías no constituye una obligación completamente nueva. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, vigente desde marzo de 2025, ya ordena a los sujetos obligados divulgar concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias y autorizaciones.

El artículo 65 establece que deben hacerse públicos el objeto del contrato, la empresa o persona contratada, la vigencia, las condiciones, el monto y sus modificaciones. También obliga a difundir los resultados de adjudicaciones directas, invitaciones restringidas y licitaciones, incluida la versión pública de los expedientes y contratos correspondientes.

La misma legislación exige publicar los resultados de las auditorías practicadas al ejercicio presupuestal y las aclaraciones respectivas.

La aportación del decreto sería establecer una periodicidad mensual, concentrar los documentos en la PNT y ampliar la información de interés público. Su utilidad dependerá de que los contratos sean divulgados de manera completa, oportuna y en formatos que permitan buscar, descargar y comparar los datos.

Para mejorar la trazabilidad del gasto, los registros tendrían que identificar al proveedor, el procedimiento de contratación, el monto original, las ampliaciones, los convenios modificatorios, los pagos realizados y la unidad administrativa responsable.

Mayor apertura en Pemex y CFE

El decreto instruye la publicación de estados financieros, informes presentados ante autoridades extranjeras, políticas de operación, información sobre gobierno corporativo y contratos de filiales de Pemex y CFE.

También en este ámbito existen obligaciones previas. El artículo 82 de la ley general vigente contempla información específica para las empresas públicas del Estado y sus subsidiarias, como planes de negocios, deuda, inversiones, utilidades, dividendos, designación de consejeros y actos de sus órganos de gobierno.

La medida anunciada podría ampliar y ordenar esos contenidos, particularmente en las empresas filiales y operaciones que no siempre aparecen concentradas en una misma plataforma.

El grado de apertura podrá determinarse cuando se conozca si se publicarán los contratos íntegros en versión pública o únicamente fichas informativas. También será relevante revisar qué excepciones comerciales o de seguridad serán aplicadas y cómo se justificarán.

Auditorías: del resultado al seguimiento

En materia de fiscalización, el Gobierno federal informó que se publicará el Programa Anual de Fiscalización, la situación de las auditorías, el seguimiento de las observaciones formuladas por los órganos internos de control y el padrón de despachos auditores externos.

Este componente podría ofrecer una perspectiva más completa que la publicación aislada de informes finales. Conocer el estado de las observaciones permitiría identificar si una dependencia corrigió una deficiencia, reintegró recursos, inició un procedimiento administrativo o dejó pendientes las recomendaciones.

Para que la información resulte útil deberá diferenciar entre auditorías programadas, iniciadas, concluidas y solventadas, además de mostrar los montos observados y recuperados. También tendrá que proteger los datos relacionados con investigaciones en curso sin ocultar la existencia y evolución general de los procedimientos.

Las reservas ya requieren justificación

Sheinbaum aseguró que el decreto eliminará la posibilidad de que una persona servidora pública determine discrecionalmente qué información se publica y cuál se reserva.

La afirmación requiere contexto. La legislación vigente ya establece que las reservas deben analizarse caso por caso y someterse a una prueba de daño. El sujeto obligado debe demostrar que la divulgación representa un riesgo real e identificable, que ese riesgo supera el interés público y que la reserva constituye la medida menos restrictiva.

Los artículos 102 al 113 de la Ley General de Transparencia también disponen que los comités de transparencia deben confirmar, modificar o revocar las clasificaciones. Cuando un documento contenga solamente algunas partes reservadas, debe elaborarse una versión pública.

El decreto, según lo anunciado, simplificará y precisará los criterios correspondientes a las 17 causales de reserva relacionadas con interés público y seguridad nacional. Su efecto podría consistir en reducir interpretaciones divergentes entre dependencias, pero será necesario revisar los lineamientos para saber cómo se aplicarán.

El nuevo modelo posterior al INAI

El anuncio ocurre bajo la arquitectura institucional creada después de la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

La reforma constitucional de diciembre de 2024 extinguió al INAI y distribuyó sus funciones entre nuevas autoridades garantes. Desde marzo de 2025, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno administra la PNT, mientras que el órgano desconcentrado Transparencia para el Pueblo conoce los recursos correspondientes al ámbito del Poder Ejecutivo federal.

La nueva legislación mantuvo la posibilidad de presentar solicitudes, recursos de revisión y denuncias por incumplimiento mediante la plataforma. El decreto legal publicado en marzo de 2025 también establece que las resoluciones desfavorables para las personas solicitantes pueden impugnarse mediante juicio de amparo.

Este contexto institucional es relevante porque la apertura no depende únicamente de aumentar el volumen de documentos disponibles. También exige mecanismos eficaces para corregir omisiones, cuestionar reservas y obligar a las dependencias a cumplir.

Estados y municipios podrán sumarse

El decreto estará dirigido a las dependencias y entidades del Gobierno federal. Para los estados, municipios y otros poderes, el comunicado plantea una invitación a incorporar medidas equivalentes.

La participación de esas autoridades requerirá acuerdos, lineamientos o modificaciones normativas dentro de sus respectivas competencias. El anuncio presidencial, por sí mismo, no sustituye las obligaciones y procedimientos que corresponden a los poderes Legislativo y Judicial ni a los gobiernos locales.

Una homologación nacional podría facilitar que la ciudadanía consulte información con formatos semejantes, aunque tendrá que respetar la distribución constitucional de facultades.

“Transparencia total”, un compromiso sujeto a evaluación

La publicación mensual de contratos, el seguimiento de auditorías y la apertura de información sobre Pemex y CFE pueden facilitar el trabajo de periodistas, organizaciones civiles, empresas y ciudadanía interesada en vigilar el ejercicio del presupuesto.

Sin embargo, la expresión “transparencia total” representa por ahora un compromiso gubernamental y no un resultado comprobable. La evaluación deberá comenzar cuando el decreto sea publicado, concluya el plazo de actualización y aparezcan los primeros reportes mensuales.

Entonces podrá verificarse si los documentos están completos, si las bases pueden descargarse en formatos abiertos, si las modificaciones contractuales son visibles y si las reservas se encuentran debidamente justificadas.

El volumen de información será importante, pero el criterio decisivo será su calidad: datos oportunos, comparables, comprensibles y suficientes para seguir el destino de los recursos públicos.

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