La diputada local Tere Calzada acompañada del político Armando Rivera para ingresar su iniciativa de ley

Pirotecnia seguiría permitida: iniciativa en Querétaro plantea reducir ruido y sustituirla en actos públicos

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La propuesta de Tere Calzada facultaría a los municipios para impulsar espectáculos con drones, luces y artificios de bajo impacto sonoro. También pide evitar pirotecnia durante contingencias ambientales, pero no establece una prohibición general y deja pendientes sanciones, presupuesto y mecanismos de vigilancia.

Querétaro, Qro., 16 de septiembre de 2026.— El uso de pirotecnia permanecería permitido en Querétaro, pero las autoridades estatales y municipales tendrían que reducir su utilización en eventos públicos, especialmente durante contingencias ambientales, y promover alternativas como drones, luces, videomapping y artificios de bajo impacto sonoro.

Ese es el alcance central de la iniciativa presentada por la diputada Tere Calzada Rovirosa, coordinadora del grupo legislativo de Movimiento Ciudadano, para reformar el Código Ambiental del Estado.

La propuesta no plantea una prohibición total ni interviene directamente en la fabricación, almacenamiento o comercialización de explosivos, actividades reguladas principalmente por la Federación. Busca modificar la manera en que los gobiernos organizan celebraciones públicas y ofrecer una transición hacia espectáculos con menor ruido y emisiones.

Lo que cambiaría

La iniciativa propone adicionar una fracción XXV al artículo 10 del Código Ambiental para facultar a los municipios a fomentar espectáculos de luces, drones, videomapping y pirotecnia de bajo impacto sonoro.

Actualmente, ese artículo enumera 24 atribuciones municipales relacionadas con política ambiental, control de contaminantes, protección de la biodiversidad, inspección y aplicación de sanciones. La reforma agregaría la promoción de alternativas a los fuegos artificiales convencionales.

También plantea crear el artículo 11 Bis para que el estado y los municipios eviten utilizar artificios pirotécnicos en eventos públicos cuando exista una contingencia ambiental.

La palabra “evitarán” resulta menos restrictiva que una prohibición expresa. El proyecto deberá precisar si se trata de una obligación vinculante, qué autoridad determinará su incumplimiento y cuáles serían las consecuencias para una dependencia o municipio que utilice pirotecnia durante una contingencia.

Tampoco queda claro si la restricción alcanzaría exclusivamente a eventos organizados con recursos públicos o si podría extenderse a celebraciones privadas, patronales y comunitarias autorizadas por los ayuntamientos.

La regulación federal no desaparece

La propuesta estatal no sustituiría las atribuciones de la Secretaría de la Defensa Nacional.

La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece que la Defensa controla y vigila las actividades industriales y comerciales relacionadas con artificios, explosivos y sustancias químicas. También expide los permisos correspondientes para adquirir, fabricar, almacenar y transportar estos materiales.

Las autoridades locales intervienen en materias como protección civil, seguridad, ubicación de establecimientos, impacto urbano, ruido y organización de eventos. Por ello, cualquier regulación estatal tendría que coordinarse con el régimen federal.

Calzada señaló que los eventos públicos con pirotecnia deberían contar con un dictamen previo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales sobre sus impactos ambientales y acústicos.

Sin embargo, la información presentada no explica qué disposición obligaría a Semarnat a emitir ese documento, cómo se solicitaría, cuánto tiempo tendría para resolver ni qué ocurriría si el dictamen fuera desfavorable. Tampoco queda definido si esa evaluación correspondería a la dependencia federal, a la Secretaría de Desarrollo Sustentable estatal o a las áreas ambientales municipales.

La viabilidad de ese mecanismo deberá revisarse durante el análisis legislativo.

Una transición sin presupuesto definido

La iniciativa contempla un periodo de 365 días para acompañar a las familias que dependen de la producción artesanal de pirotecnia hacia alternativas como artificios fríos, productos de menor impacto sonoro y espectáculos con drones.

El plazo reconoce que una sustitución inmediata podría afectar a productores y comerciantes. No obstante, todavía deben precisarse los instrumentos para llevarla a cabo.

El proyecto requiere definir quién elaborará el padrón de productores, qué capacitación recibirán, de dónde saldrá el financiamiento, si habrá créditos o subsidios y qué ocurrirá con quienes no tengan recursos para adquirir tecnología.

Un espectáculo con drones demanda equipos, programación, licencias, personal especializado y condiciones técnicas distintas a la elaboración artesanal de pirotecnia. Sin apoyos presupuestarios, la transición podría beneficiar a empresas tecnológicas sin ofrecer una alternativa real a las familias productoras.

Ruido, contaminación y población vulnerable

Calzada justificó la iniciativa por los efectos de las detonaciones sobre personas con hipersensibilidad auditiva, trastorno del espectro autista, enfermedades respiratorias o cardiovasculares, además de mascotas y fauna silvestre.

La quema de fuegos artificiales puede liberar partículas suspendidas y residuos metálicos utilizados para producir colores. También genera detonaciones capaces de provocar miedo, desorientación o ansiedad en personas y animales.

La propuesta deberá acompañarse de criterios técnicos que permitan definir qué se entenderá por “bajo impacto sonoro”, cómo se medirá el ruido y qué límites deberán cumplir los productos permitidos. Sin una unidad de medida y un procedimiento de verificación, el concepto podría quedar sujeto a interpretaciones.

Una afirmación científica que debe corregirse

La exposición pública atribuye a la Organización Mundial de la Salud la clasificación de la llamada “pólvora blanca” como corrosiva, inflamable y cancerígena.

La OMS sí advierte que el fósforo blanco puede provocar quemaduras profundas, daños sistémicos e irritación grave de ojos y vías respiratorias. También señala que el fósforo ha sido empleado en algunos fuegos artificiales. Sin embargo, la ficha técnica consultada no lo clasifica como cancerígeno.

Además, “pólvora blanca” y “fósforo blanco” no son necesariamente términos equivalentes. La iniciativa deberá identificar con precisión la sustancia que pretende restringir, su composición química y la evidencia científica correspondiente. Mantener una afirmación imprecisa debilitaría un proyecto cuyo objetivo es reducir riesgos.

Las cifras también necesitan un corte temporal

Movimiento Ciudadano sostuvo que desde 2003 se han registrado 649 accidentes por pirotecnia en México, con 2 mil 65 personas lesionadas y cerca de 500 fallecidas.

El registro de 649 accidentes aparece en materiales de prevención de Cenapred con un periodo que llega hasta 2021. Por ello, presentar la cifra como acumulada “hasta la fecha” requiere actualizar el corte y explicar si los datos posteriores fueron incorporados.

En Querétaro existen antecedentes que sostienen la necesidad de revisar la regulación. En mayo de 2026, dos personas adultas mayores resultaron lesionadas por un incidente con pirotecnia en la comunidad de Neblinas, Landa de Matamoros. Protección Civil estatal atribuyó el hecho a un manejo inadecuado.

El caso más grave ocurrió en diciembre de 2018 en Fuentezuelas, Tequisquiapan. Una explosión durante una celebración religiosa dejó ocho personas fallecidas y más de 50 lesionadas, según los reportes publicados entonces.

De la recomendación a una política verificable

La propuesta abre una discusión pertinente sobre el costo ambiental, sanitario y social de determinadas formas de celebrar. Su eficacia, sin embargo, dependerá de que el Congreso transforme expresiones generales en obligaciones verificables.

Será necesario precisar:

  • Los límites máximos de ruido.
  • Las características de la pirotecnia permitida.
  • Las autoridades responsables de autorizar e inspeccionar.
  • Las sanciones por incumplimiento.
  • La coordinación con la Defensa Nacional y Protección Civil.
  • El procedimiento para eventos patronales y privados.
  • El presupuesto destinado a productores durante la transición.
  • La autoridad competente para evaluar impactos ambientales.

Sin estos elementos, la reforma podría terminar como una recomendación para que los municipios prefieran drones y luces, pero sin capacidad suficiente para modificar el uso cotidiano de explosivos.

El debate no está entre conservar las tradiciones o eliminarlas. El verdadero reto consiste en determinar qué riesgos son evitables, quién debe asumir el costo de reducirlos y cómo se garantizará que las nuevas reglas se cumplan también fuera de los actos organizados por el gobierno.

RL
Sobre el autorEquipo editorialRedacción LYPmultimedios

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