La iniciativa mantendría el efectivo y obligaría a instalar terminales en todos los puntos de cobro; todavía deben definirse plazos, sanciones y mecanismos para evitar cargos adicionales
Santiago de Querétaro, Qro., 13 de agosto de 2026.— El diputado local Enrique Correa Sada presentó una iniciativa para obligar a los estacionamientos públicos de paga en Querétaro a aceptar tarjetas de débito y crédito, como una alternativa adicional al efectivo.
La propuesta busca modificar la Ley de Estacionamientos Públicos y Servicios de Recepción y Depósito de Vehículos para establecer que todos los puntos de cobro cuenten con una terminal habilitada.
El legislador argumentó que la medida permitiría agilizar la salida de los establecimientos, reducir la circulación de efectivo y ofrecer más alternativas a personas adultas mayores, personas con discapacidad, turistas y usuarios que emplean habitualmente medios electrónicos.
“En pleno 2026, tenemos que seguir buscando que los servicios que utilizamos todos los días sean más accesibles, modernos y eficientes. Si podemos pagar con tarjeta o desde nuestro celular prácticamente en cualquier lugar, también deberíamos tener esa opción al salir de un estacionamiento”, declaró.
La iniciativa todavía deberá pasar por el proceso legislativo: turno a comisión, elaboración de un dictamen y votación del Pleno. Por tanto, los estacionamientos no están obligados actualmente, por esta propuesta, a instalar terminales.
El efectivo permanecería como opción
El proyecto no plantea sustituir los billetes y monedas. Los prestadores del servicio tendrían que conservar el cobro en efectivo y añadir la alternativa bancaria.
La precisión es relevante porque una obligación exclusivamente digital podría excluir a quienes no poseen una cuenta, tarjeta o dispositivo móvil. La propuesta busca ampliar las formas de pago, no reducirlas.
La legislación vigente sobre estacionamientos ya obliga a los prestadores a contar con suficiente efectivo para realizar sus operaciones cotidianas, además de exhibir tarifas, entregar boletos y disponer de un seguro contra daños y robo parcial o total.
El texto presentado por Correa añadiría a esas responsabilidades la disponibilidad de terminales para procesar tarjetas en cada punto donde se recaude el importe del servicio.
Pagar con tarjeta no siempre elimina las filas
La incorporación de terminales puede evitar que una persona busque monedas o espere cambio, pero su efecto sobre los tiempos de salida dependerá del diseño operativo.
Si el establecimiento dispone de una sola terminal para varias cajas, presenta problemas de conectividad o carece de procedimientos para resolver pagos rechazados, la medida podría trasladar el cuello de botella sin eliminarlo.
La expresión “todos los puntos de cobro” sugiere que cada caja, módulo o espacio habilitado para recibir pagos debería contar con el equipo correspondiente. El dictamen tendrá que determinar si la obligación incluirá cajeros automáticos, casetas de salida, módulos atendidos por personal y servicios de recepción o valet parking.
También deberá establecer qué ocurrirá durante una interrupción de internet, falla eléctrica, mantenimiento bancario o avería del equipo. Una persona no debería quedar imposibilitada para retirar su vehículo por una deficiencia tecnológica atribuible al prestador.
Las comisiones corresponden al establecimiento
El uso de terminales genera costos para los comercios. Las instituciones financieras suelen cobrar una tasa de descuento, generalmente calculada como porcentaje de cada operación.
El Banco de México explica que la institución adquirente cobra al establecimiento por procesar los pagos. Dentro del sistema también existen cuotas de intercambio entre los bancos participantes.
Ese costo no debería añadirse al precio anunciado al usuario. La Procuraduría Federal del Consumidor considera que trasladar al cliente una comisión por pagar con tarjeta constituye una práctica abusiva que puede derivar en sanciones. La Profeco ha reiterado que los establecimientos deben respetar el importe exhibido y abstenerse de agregar recargos por el medio de pago.
Por ello, la reforma debería incorporar expresamente la prohibición de cobrar una tarifa superior a quienes utilicen tarjetas. De otra manera, la nueva opción podría existir formalmente, pero quedar castigada mediante un cargo adicional.
Tampoco debería permitirse un consumo mínimo. En un estacionamiento, las tarifas suelen ser de montos reducidos, particularmente durante estancias cortas, precisamente el tipo de operación en el que algunos comercios intentan imponer restricciones para compensar sus costos bancarios.
La propuesta menciona pagos móviles, pero regula tarjetas
Correa afirmó que actualmente es posible pagar “con tarjeta o desde nuestro celular” en numerosos establecimientos. Sin embargo, la reforma descrita en el boletín solamente menciona terminales bancarias y tarjetas de débito y crédito.
Esto no necesariamente obliga a aceptar transferencias, códigos QR, billeteras digitales u otros sistemas operados desde teléfonos móviles. Algunas terminales admiten pagos sin contacto mediante dispositivos, pero esa capacidad depende de su tecnología y de las plataformas contratadas.
Si el propósito es mantener una legislación tecnológicamente vigente, el Congreso podría analizar una redacción más amplia que reconozca medios de pago electrónicos autorizados, sin restringir la obligación a un tipo específico de aparato o proveedor financiero.
También deberá valorar si la expresión “terminal bancaria” excluye inadvertidamente a los agregadores de pago y empresas tecnológicas no bancarias que ofrecen lectores de tarjetas, particularmente a establecimientos pequeños.
Un posible problema de técnica legislativa
El boletín informa que la propuesta pretende adicionar una fracción XI al artículo 4 de la ley estatal. No obstante, la versión pública del ordenamiento consultada en la biblioteca del Congreso muestra que ese artículo contiene actualmente nueve fracciones.
Si esa versión continúa vigente, la nueva obligación tendría que incorporarse como fracción X, salvo que exista otra modificación en trámite o que la iniciativa contemple una disposición adicional no explicada en el comunicado.
La numeración no altera el fondo de la propuesta, pero deberá corregirse durante la dictaminación para evitar un vacío o una inconsistencia en la estructura del artículo.
¿A qué estacionamientos se aplicaría?
La ley estatal regula los estacionamientos públicos de paga, así como los servicios de recepción, acomodamiento y guarda de vehículos. No debe confundirse “estacionamiento público” con propiedad gubernamental: la expresión incluye establecimientos privados que ofrecen el servicio al público a cambio de una tarifa.
Los ayuntamientos son responsables de expedir los reglamentos, otorgar licencias, fijar tarifas y gratuidades, supervisar el cumplimiento e imponer las sanciones correspondientes.
Si la reforma es aprobada, los municipios tendrían que adecuar sus reglamentos y procedimientos de inspección. El proyecto deberá definir el periodo que tendrán los operadores para adquirir equipos, contratar servicios y capacitar al personal.
También será necesario determinar si existirán reglas diferenciadas para pequeños estacionamientos, pensiones, establecimientos con acomodadores y grandes complejos comerciales. Una obligación uniforme puede resultar sencilla para las cadenas o plazas consolidadas, pero representar un costo proporcionalmente mayor para prestadores con pocas operaciones.
Esa diferencia no justifica privar a sus clientes de medios de pago, pero sí vuelve conveniente establecer un plazo razonable de adaptación y especificaciones técnicamente neutrales.
Una solución cotidiana que requiere reglas completas
La iniciativa atiende una situación frecuente: usuarios que llegan a la salida de un estacionamiento sin efectivo suficiente o que deben buscar un cajero antes de recuperar su vehículo.
La disponibilidad de tarjetas puede ofrecer comodidad, reducir el manejo de efectivo y facilitar el registro de las operaciones. Sin embargo, la eficacia de la medida dependerá de aspectos que el comunicado todavía no detalla:
- El plazo para instalar los equipos.
- Las consecuencias por incumplimiento.
- Los protocolos ante fallas de conectividad.
- La prohibición de cobrar comisiones o montos mínimos.
- La aceptación de tecnologías distintas a la tarjeta física.
- La autoridad municipal responsable de verificar las terminales.
- La protección de datos y entrega de comprobantes.
- Las posibles reglas de adaptación para establecimientos pequeños.
La propuesta de Correa abre una discusión concreta sobre la modernización de un servicio cotidiano. Su utilidad final no dependerá solamente de ordenar la presencia de una terminal, sino de garantizar que funcione, que esté disponible en cada caja y que utilizarla no resulte más caro para el consumidor.


